APRUEBAN PEDIDO PARA QUE NUEVOS REQUISITOS DE DESEMBOLSO A COMISIONES VECINALES NO SEAN EXIGIDOS A QUIENES YA PRESENTARON CARPETAS

La Corporación Legislativa resolvió aprobar sobre Tablas, la minuta presentada por el concejal Javier Pintos, por medio de la cual pidió que los nuevos requisitos solicitados a las Comisiones Vecinales, para los distintos proyectos, no sean exigibles para quienes ya han concluido sus procesos y se encuentran a la espera para recibir desembolsos, correspondientes a los años 2023 y 2024, así como también para proyectos que se encuentran tramitándose en  diferentes  áreas que fueron aprobados antes de la vigencia de esta reglamentación.

Así también, solicita que los nuevos requisitos que la Dirección de Administración y Finanzas exige a partir de ahora, sean aplicados para el nuevo llamado a recepción de carpetas correspondientes al año 2025.

Señaló el concejal que el lunes 26 de mayo pasado, participó del Pre Congreso de Comisiones Vecinales en el Área del Centro Municipal N° 11, ocasión en la que recibió el pedido de varias Comisiones que tienen carpetas de proyectos especiales, cuyos procesos han concluido satisfactoriamente cumpliendo con todos los requisitos exigidos para recibir el primer pago que permitirá el inicio de obras y otras para la conclusión de los trabajos con el segundo y tercer desembolso.

Al respecto, le manifestaron que el Departamento de Contabilidad de la Dirección de Hacienda está exigiendo el cumplimento de nuevos requisitos previstos en el Decreto Reglamentario N° 3248/2025 de la Ley N° 7408/2024 que aprueba el Presupuesto General de la Nación para el año 2025 y la Ordenanza N° 157/2024 JMA para el presente año consistentes en:

1. Certificado original de la Cuenta Bancaria o Caja de Ahorro, a nombre de la Organización sin Fines de Lucro, habilitada en el Banco Nacional de Fomento.

2. Registro de firmas acompañado de fotocopia de cedula de identidad vigente, del presidente, tesorero y contador de la Organización sin fines de Lucro.

3. Presentación de la ubicación geográfica (croquis) del domicilio fiscal de la Organización sin fines de Lucro firmada y sellada o con firma electrónica cualificada del presidente de la Organización sin fines de Lucro.

4. Anexo B-01-04 informe cualitativo y cuantitativo de gestión de recursos, correspondiente al Ejercicio Fiscal 2024, presentando ante la Entidad Misional correspondiente e informando al OEE aportante, con sus respectivos acuses de recibió/N° de Expediente.

5. Constancia de inscripción en el Registro de Sujetos Obligados emitida por la Dirección General de Supervisión y Regulaciones de la Secretaría de Prevención de lavado de Dinero o Bienes conforme con la reglamentación vigente. Esta exigencia no aplica a la Organización sin Fines de Lucro exceptuada en el art. 1ero de la Resolución CEPRELAD N° 490/22.

6. Constancia de inscripción en el IDAP (Identificador de Acreedor Presupuestario. Dicha inscripción deberá solicitarse ante la Dirección General de Contabilidad Pública.

“Cabe puntualizar, que estos requisitos arriba señalados no fueron exigidos en su oportunidad por las dependencias de la Dirección de Administración y Finanzas, al momento del llamado a recepción de proyectos (año 2023 y 2024), ni tampoco durante la tramitación de las carpetas, razón por la cual todos estos proyectos han pasado por las diferentes instancias sin objeciones, llegando hasta la etapa final para ser desembolsadas”, refirió el edil en su minuta.

Por el principio general de la irretroactividad de las leyes consagrado en el artículo 14 de la Constitución Nacional, ‘ninguna ley tendrá efecto retroactivo, salvo que sea más favorable al encausado o al condenado’, por lo que considero pertinente y solicito que no sean exigibles para aquellas Comisiones vecinales y Organizaciones sin Fines de Lucro que presentaron proyectos en años anteriores y en cuyo tiempo no les fueron exigibles dichos requisitos, incluso existen desembolsos pendientes por obras ya concluidas e inauguradas, por consiguiente, mal se podría exigir el cumplimiento de estos requisitos por ser extemporáneos.

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