
Durante la última sesión ordinaria, la Junta Municipal presidida por el edil César Escobar, dio trámite a la minuta presentada por el concejal Miguel Sosa, mediante la cual presentó una propuesta de modificación de la Ordenanza N° 273/06, sobre el Reglamento de Uso de los Parques, en su Art. 17°.
Resaltó el edil sobre la necesidad de contar con un mayor control, seguridad y cuidado en los espacios públicos, donde las familias, visitantes y la sociedad en general concurren para esparcimiento y actividades saludables.
“La Ley Orgánica Municipal hoy nos otorga un amplio marco legal para apuntalar esta necesidad en beneficio a la sociedad, y a la diversidad de usuarios, padres, madres, hijos etc., son los que utilizan los espacios públicos destinados a su recreación personal en parques y plazas, notándose, como es de conocimiento de todos, que la sociedad usufructuaria de los espacios públicos se encuentra desprotegida y a merced de delincuentes oportunistas que se aprovechan de jóvenes y también de la tercera edad”, destacó el concejal.
Fundado en el considerando que antecede ya la Ordenanza N° 273/06, que reglamenta el “Uso de Parques”, siendo esta responsabilidad y competencia del Gobierno Municipal, es en estricta justicia modificar el Capítulo 3 – de la Administración. El Art. 17 dice… “La Administración de los parques, corresponde a la Institución Municipal la que, a través de la dependencia correspondiente, designará al personal idóneo, con atribución de aplicar el presente reglamento”. (SIC).
Finalmente, señaló: “Por los fundamentos expuestos y la necesidad de dotar de mayor infraestructura con personal idóneo, responsable y capacitado en el manejo de parques y plazas, para que controlen y otorguen mayor protección a la sociedad usufructuaria, se propone modificar dicha ordenanza en el artículo mencionado, debiendo quedar redactada como sigue: “Art. 17. La Administración de los parques, corresponde a la Intendencia Municipal que, a través de la Dirección General de Gestión Ambiental, Dirección General de Desarrollo Urbano y Juzgado de Faltas Municipales, debe velar por la seguridad como entes con competencia administrativa y disciplinaria, designarán al personal idóneo en cantidad suficiente para cumplir y hacer cumplir la presente ordenanza. Los funcionarios designados, elevarán informe trimestral circunstanciado a la Intendencia Municipal y a la Junta Municipal sobre el personal destinado a parques, plazas o espacio público, función asignada a cada uno, y horario laboral”.
La minuta fue derivada a las Comisiones de Recursos Naturales y Legislación para su mayor análisis.