PLANTEAN MODIFICAR RÉGIMEN DE INCENTIVOS DEL PLAN REGULADOR
El Pleno de la Corporación Legislativa, presidido por el edil César Escobar, dio trámite a la minuta presentada por los concejales Nasser Esgaib y Augusto Wagner que, en su carácter de presidente y miembro, respectivamente, de la Comisión de Planificación, Urbanismo y Ordenamiento Territorial, hicieron referencia al régimen de incentivos para la construcción, que se encuentra clasificado en dos capítulos de aplicación de la Ordenanza N° 106/23, de compilación y ajuste del Plan Regulador y, en tal sentido, mencionaron la necesidad de hacer ajustes y modificaciones a dicho régimen de incentivos.
Para el efecto, solicitaron que se derive, tanto a la Intendencia Municipal como al Consejo del Plan Regulador, dichas propuestas y, posteriormente, con los pareceres de estas instancias, se remita a la Comisión de Planificación, Urbanismo y Ordenamiento Territorial, para su consideración final.
Refirieron los ediles que en el título que señala “Régimen de incentivos para la construcción”, se encuentra que, el único elemento nuevo incorporado, ha sido desde la vigencia de la Ordenanza del año 2014, ‘los estacionamientos’; esto, con la Ordenanza 450/2014 que dio lugar al aliciente con mayor coeficiente con la incorporación de estacionamientos entre niveles, en la inteligencia de desalentar por un lado el estacionamiento en el subsuelo y, por otro lado, dejar más área libre.
Señalaron que este hecho ha propiciado un gran auge y crecimiento de las construcciones de uso habitacional en altura en las áreas residenciales y asimismo en las áreas consideradas mixtas, en el entendimiento de la utilización de manera intensiva de toda el área del terreno posible y sacar la mayor posibilidad constructiva de los lotes, lo que resultó exitoso, pero que ha postergado otros indicadores también importantes para el paisaje urbano.
Coincidieron que, “observando el comportamiento de lo resultante del Régimen de Incentivos por estacionamientos, se debe en este capitulado incluir este nuevo incentivo, de incorporar baja ocupación y premiar este tipo de proyectos con un aliciente”.
Entre otras cosas, consideraron de igual forma que, “siguiendo la línea de pensamiento manifestada anteriormente, será necesaria la incorporación de un nuevo articulado o apartado en el denominado Régimen de Incentivos, excluyendo a las AR1 y AR2 de este beneficio, de forma a preservar una altura limitada en los mismos; y conociendo la variedad de usos y volúmenes más importantes para las AR3, permitiendo este nuevo incentivo solo en esas zonas de uso y en las demás Franjas Mixtas y Ejes, pudiéndose aplicar la fórmula de número de pisos para estas zonas de forma a regular el incremento de altura con el fin a que no sea exponencial en las áreas residenciales, y obviamente en las áreas mixtas y demás zonas no residenciales en general”.
Aclararon también propiciar su aplicación con la implementación de la altura libre hasta agotar el coeficiente, tal como se establece en los Ejes Habitacionales. “Es decir, en estas últimas zonas, por el contrario de las zonas residenciales, liberándolas de la aplicación de la fórmula de número de pisos, siempre y cuando liberen mayor cantidad de m2 en planta baja para la incorporación de sus unidades constructivas”, reza parte del documento presentado.
La minuta fue derivada a la Intendencia y la Comisión del Plan Regulador para su mayor análisis.