PRESENTAN PROYECTO PARA MODIFICAR ORDENANZA QUE ESTABLECE NUEVA ESCALA DE SANCIONES A FALTAS MUNICIPALES

El concejal Gabriel Calonga presentó una minuta, a través de la cual propuso un proyecto de modificación de la Ordenanza N° 131/00, que establece la escala de sanciones a las faltas municipales.
Señala el edil que el Art. 79 de la Ley N° 3966/10 “Orgánica Municipal” establece, en el inciso “b”, que la multa es uno de los tipos de sanciones aplicables a las faltas. Asimismo, el Art. 81 de la Ley N° 3966/10 O.M. establece que la pena de multa consiste en el pago a la Municipalidad de una suma de dinero determinada y que los montos de las multas, sus escalas y plazos de pago serán fijados por ordenanza.
Menciona además que, en el año 2000, con la ley anterior, se reglamentó este asunto por la Ord. N° 131/00 estableciéndose la escala de sanciones aplicables por faltas municipales. En esta Ord. el Art. 1 prevé que las sanciones de multas para las faltas leves se aplique de 1 a 100 jornales, para faltas graves de 10 a 300 jornales y para faltas gravísimas, de 20 a 2700, siempre en concepto de multa.
Explique también que, la forma en que están determinados los mínimos y máximos de esta escala permite la aplicación de sanciones de multas de faltas leves que podrían ser superiores a las de faltas gravísimas, configurándose un enorme margen de discrecionalidad que podría permitir una utilización arbitraria de las sanciones por la autoridad administrativa. Situación similar ocurre con la sanción de inhabilitación.
Finalmente manifiesta que, por todo lo expresado anteriormente, sería conveniente establecer una escala que tenga mayor coherencia y proporcionalidad entre la falta cometida y la sanción aplicable. Además, es un momento oportuno para reducir la amplia discrecionalidad actual para determinar de manera más precisa y transparente las sanciones, ya que representan un poder punitivo del órgano administrativo.