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SOLICITAN EXONERACIÓN DE IMPUESTOS PARA EL CLUB GENERAL CABALLERO

El concejal Jesús Lara, presentó al pleno de la corporación, una minuta a través de la cual solicitaba a la Intendencia Municipal cuanto sigue: 1) La exoneración del impuesto inmobiliario desde el año 2001 al 2022, del Club General Caballero, según la Ley N° 2.874/06, solicitado por Expediente N° 34.098/22; 2) La prescripción del impuesto inmobiliario y tasas especiales, solicitado por Expediente N° 13.709/22; 3) La reducción del 50% de las tasas especiales, según Ley N° 2.874/06, solicitado por Expediente N° 33.878/22; 4) El desbloqueo por cobro judicial de todos los impuestos inmobiliarios y tasas especiales desde el año 2001 al 2022; 5) El desbloqueo por cobro judicial de los ingresos varios de las Facturas N° 38140655 y N° 411007205, de la Cta. Cte. Ctral. N° 15-0615-00, del Club Gral. Caballero de Zeballos Cué.

El legislador municipal refería en su minuta, que según la ordenanza general de tributos municipales 334/21 para el año 2022, 21.5 las instituciones sociales y culturales, así como las instituciones educativas, religiosas y políticas, sin fines de lucro asentadas tradicionalmente en los barrios de Asunción, abonarán la presente tasa por los inmuebles de su propiedad, según la siguiente escala. En los casos de inmuebles con superficie mayor a 5.000 m2, la tasa será reducida en 75%.

Y la 21.6 sobre exenciones: La Ley N° 125/21 art. 57, el descuento de las tasas Ley 3992 LEY DE DEPORTE QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 24 DE LA LEY N° 2874/2006 «DEL DEPORTE» EL CONGRESO DE LA NACIÓN PARAGUAYA SANCIONA CON FUERZA DE LA LEY – «Art 24 Exonérese el pago de los impuestos y autorizase el descuento en las tasas municipales, a las entidades deportivas inscriptas en el registro de Entidades Deportivas de la Secretaria Nacional del Deporte.

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